Desde hace más de dos años en Morelia, como en otras ciudades, pegar stickers o calcomanias en señaleticas, nomenclaturas y anuncios verticales como vidrerias del Centro de la ciudad es una acción más frecuente, que si bien no es un delito que se persiga de oficio si puede tener consecuencias legales cuando existen demandas de por medio. Las multas, reparación de los daños y penas van de seis meses a más de dos años de prisión así como por lo menos cinco días de trabajos comunitarios hasta más de mil días dependiendo del daño realizado, dice el Código Penal de Michoacán.
Nomenclaturas, señaléticas verticales, paradas de autobús, ventanales y mobiliario urbano son los más usados como lienzos para pegar los stickers que se observan no solo por el Centro de Morelia, en una generalidad por toda la ciuda, sin embargo la Gerencia del Centro Histórico es la encargada de limpiar estas imágenes de manera continua, para que no se deteriore el patrimonio cultural, dice Gaspar Hernández Razo, funcionario del Ayuntamiento.
El Gerente del Centro Histórico comparte que diariamente salen a limpiar las calles y su mobiliario urbano por lo menos cuatro personas, quienes con espátulas y compresas de agua o tiner retiran los stiker específicamente, aunque no es la única acción que deben realizar para mantener el cuidado y preservación del entorno.
Gaspar Hernández Razo, dijo que de acuerdo con el Código Penal de Michoacán, en su capítulo siete, dentro de los artículos 228 al 232 que hablan de daños en las cosas, existen distintas penas e infracciones que la ciudadanía debe conocer.
“Dentro de las acciones que se realizan en la Gerencia de Centro Histórico, hay una que es la limpieza de señaléticas, letreros y nomenclaturas que existen en el centro histórico, lamentablemente las nomenclaturas que son el nombre de las calles y que en el centro se se observan de tres tipos, las más antiguas, aquellas de la década de los 70 y las actuales en color guinda,lamentablemente esas son vandalizadas a través de sticker, además de la señaleticas verticales que prohíben estacionamientos, las que mencionan estacionamientos para personas con discapacidad o que contienen información para turistas”. manifestó Hernández Razo.
En los últimos años ha crecido mucho en toda la ciudad la pega de estas calcas. “La policía Morelia hace investigación exhaustiva para dar con los responsables”. Es un delito en el código Penal de Michoacán, Daño a las cosas, además por la Ley Federal de Sitios y Monumentos actual en su artículo 52., a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia y la Fiscalía General.
En cuanto a la ley estatal de lo penal en su Capítulo VII del Código Penal del Estado de Michoacán entre los artículos 228 al 232 y con base se estipulan cantidades de meses o años de prisión, servicio comunitario y reparación del daño
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Código Penal Michoacán
Artículo 228. Daño en las cosas doloso
A quien dolosamente destruya o deteriore una cosa ajena o propia en perjuicio de otro, se le impondrá las siguientes consecuencias jurídicas:
- De seis meses a un año de prisión y de veinte a sesenta días multa, cuando el valor del daño no exceda de veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización o no sea posible determinar su valor;
- De uno a dos años de prisión y de ciento cincuenta a cuatrocientos días multa, cuando el valor del daño exceda de veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización pero no de trescientas veces;
III. De dos a tres años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa cuando el valor del daño exceda de trescientas pero no de setecientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; y,
- De tres a siete años de prisión y de seiscientos a mil días multa, cuando el valor del daño exceda de setecientas cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Este delito se perseguirá por querella.
Artículo 232 bis. Daño contra la imagen urbana
A quien dolosamente dañe muros, paredes, puertas, ventanas o cualquier elemento fijo que se encuentre en vía pública; se le impondrá un tercio de la pena que corresponda al delito de daño en las cosas doloso según el artículo 228 no pudiendo ser menor la pena de prisión de seis meses.
Además se impondrán de cinco a quince días de trabajo en favor de la comunidad, que consistirá preferentemente en acciones para la reparación del daño causado.
Este delito se perseguirá por querella.