Este día se dio a conocer que en Morelia el Reglamento de la Ley General para el Control del tabaquismo, que manifiesta que a partir de hoy hay una prohibición total en la promoción de productos de tabaco, incluida la exhibición directa que es la colocación de productos a través de estante, mostradores entre otros que permitan al consumidor observar y tomarlos directamente, para promover y alentar la compra para su consumo, así lo señaló el titular de comisión estatal de protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS) Herbert Flores Leal.
Además, Floree Leal compartió que se trata de proteger en general a la población contra la exposición y emisión de humo en cualquier área física como áreas públicas y en los espacios cerrados, en el transporte público, en espacios de concurrencia colectiva, en las escuelas de todos los niveles educativos.
Queda prohibido consumir o tener prendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva patios, terrazas balcones, parques de diversiones o lugares donde se congreguen niñas, niños y adolescentes, centros de espectáculos, playas, canchas estadios, plazas comerciales, centros de salud, lugares de servicios de alimentos, paraderos de autobuses entre otros.
Se podrá fumar en zonas ubicadas para este fin al aire libre las cuales no deberá prestar atención de consumo de alimentos, bebidas entretenimiento entre otros ni esparcimiento, Importante mencionar que estas deberán contar con las siguientes características: Físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100 por ciento libres de tabaco y emisiones. No ser pasó obligado para las personas o encontrarse en los accesos o salidas de inmuebles, Estar ubicadas en un cerco perimetral de accesos de 10 metros, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen y deberá contar con señalizaciones correspondiente.
Los bares y terrazas tendrán otros espacios de fumadores no como los existentes, pues es claro que no hay el cerco perimetral necesario y que no se venderán alimentos, ni bebidas. Quizás las azoteas, sean un buen terreno.
Habrá medidas sancionadoras coercitivas que van desde los 20 a los 100 salarios mínimos por infringir el reglamento para el caso de quienes venden y para los consumidores la multa será hasta de 4000 mil salarios mínimos. “La salud es un derecho tutelado, así se debe aplicara la ley para el bien común”, compartió el titular de Coepris.
El pasado domingo 15 de enero entró en vigor el reglamento de la Ley General para el Control del tabaquismo, publicado el 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) con lo que se amplía la protección de la salud de la población, en particular de las infancias, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones.
La causa de esta ley es que existe un impacto violento en el sector salud producto del tabaco como edema pulmonar, cáncer de pulmón gástrico, laríngeo, de lengua entre otros que se producen por el hábito de fumar. Entonces desde la Secretaria de Salud Federal se actúan en consecuencia y con firmeza para que las nuevas generaciones vivan libres de humo.
Durante seis meses se dará orientación a los comerciantes y locatarios, así como ambulantes para que pongan en práctica el Reglamento, después de que se publica en el diario oficial es válido la que dice de 20 a 100 salarios mínimos por la exhibición de su venta y por fumar hasta 4000 mil salarios mínimos
Datos:
En México, fumar mata anualmente a 63,200 personas y cuesta más de 116 mil millones por año para la atención médica en hospitales y centros de salud de las patologías que provoca, incluyendo cánceres, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y afecciones cardiovasculares (saludjusta, marzo de 2021)
Según la organización Mundial de la Salud el tabaco mata hasta a la mitad de las personas que lo consumen.
Cada año, más de 8 millones de personas fallecen a causa del tabaco. Más de 7 millones de estas defunciones se deben al consumo directo de tabaco y alrededor de 1,2 millones son consecuencia de la exposición de no fumadores al humo ajeno.
En Michoacán 5 personas fallecen a diarios por problemas relacionados con el tabaquismo informó el titular de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coepris),
La cajetilla de cigarros cuesta de 35 a 75 pesos. Los tabacos sueltos valen 7 pesos. Desde el domingo 15 de enero cuando entro en vigor la Ley que reglamente el control para el consumo del tabaco. se han reducido las ventas de un 30 a un 50 por ciento afirman los comerciantes de los puestos de periódicos de los portales.